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Legislación › Acuerdo de 10 de junio de 2026, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se regula la presentación de los recursos de amparo a través de su sede electrónica.

Tercera.

Tercera.

1. Al escrito de demanda se acompañarán, en su caso:

a) El apoderamiento al procurador.

b) Las resoluciones impugnadas.

c) La acreditación de que la vulneración se denunció en el proceso tan pronto como hubo oportunidad.

d) La acreditación de que se ha agotado la vía judicial previa.

e) La acreditación de que se ha respetado el plazo de interposición del recurso.

f) Otros documentos que el demandante estime convenientes.

2. Cada archivo digital que acompañe a la demanda contendrá un solo documento, en formato editable y cuya denominación permita identificar su contenido.

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