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Legislación › Real Decreto 563/2026, de 8 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España.

Artículo 3. Actividad de los miembros.

Artículo 3. Actividad de los miembros.

Los miembros del Instituto ejercen sus funciones profesionales en auditoría de cuentas mediante el examen, revisión, verificación y emisión de informes sobre las cuentas anuales y otros documentos de carácter económico-contable.

Asimismo y con carácter general, los miembros del Instituto ejercen todas las demás actividades profesionales para las que, conforme a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, cumplen los requisitos exigidos legal y reglamentariamente y están dotados de los conocimientos y capacitación científica y técnica que les permiten actuar como sujetos responsables de la actividad de que se trate y de su resultado.

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