Legislación › Real Decreto 563/2026, de 8 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España.
Artículo 58. Comisión Nacional de Deontología.
Artículo 58. Comisión Nacional de Deontología.
Sin perjuicio de las competencias de los demás órganos del Instituto, la Comisión Nacional de Deontología es el órgano al que corresponde velar por que los miembros del ICJCE actúen siempre de acuerdo con la más estricta deontología profesional en el cumplimiento de las normas internas a que se refiere el artículo 56 de estos Estatutos.


