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Legislación › Ley 6/2026, de 28 de mayo, del tercer sector social.

Disposición adicional segunda. Reconocimiento de la experiencia profesional en el tercer sector social.

Disposición adicional segunda. Reconocimiento de la experiencia profesional en el tercer sector social.

La experiencia profesional acreditada en entidades del tercer sector social debe ser considerada, en los términos que establezca la normativa aplicable, mérito específico en los procesos de selección de personal en el ámbito de los servicios sociales.

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