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Legislación › Orden TES/804/2026, de 23 de julio, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información y de los Servicios en el ámbito de la administración digital del Ministerio de Trabajo y Economía Social y se crea el Comité de Seguridad de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del departamento.

Artículo 17. Formación y concienciación.

Artículo 17. Formación y concienciación.

1. Todo el personal del Ministerio de Trabajo y Economía Social relacionado con la información, los servicios y los sistemas de información deberá conocer sus deberes y obligaciones en esta materia de seguridad de la información e identificar de forma inequívoca a las personas responsables de velar por su cumplimiento.

2. Para garantizar la seguridad de las tecnologías de la información aplicable a los sistemas y servicios del Ministerio de Trabajo y Economía Social, el COSTIC propondrá los mecanismos necesarios para desarrollar las actividades para la concienciación y la formación específica necesaria e imprescindible, en materia de política de seguridad de la información, en todos los niveles de la organización.

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