Legislación › Orden INT/25/2026, de 19 de enero, por la que se regula la habilitación de instructor de tiro del personal de seguridad privada.
Disposición final segunda. Habilitación de desarrollo.
Disposición final segunda. Habilitación de desarrollo.
La persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil dictará las instrucciones oportunas a la Jefatura de Servicios Técnicos para la materialización de la tarjeta de habilitación de instructor de tiro de seguridad privada especificada en el anexo I.
Se habilita a la Dirección General de la Guardia Civil para dictar las instrucciones necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en esta orden.
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