Legislación › Ley 3/2026, de 16 de junio, de cabildos insulares.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas.
Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas.
Se modifica el artículo 15 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 15.
El presidente o presidenta del consejo insular será la persona titular de la Presidencia o la persona titular del área o departamento del cabildo insular correspondiente al que se encuentra adscrito el organismo.»
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