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Legislación › Ley de Cantabria 9/2026, de 23 de julio, de Control Ambiental.

Artículo 13. Planes de transformación y planificación sectorial.

Artículo 13. Planes de transformación y planificación sectorial.

1. El Gobierno de Cantabria aprobará Planes de transformación por sectores y actividades sometidas a control ambiental, orientados a:

a) La descarbonización.

b) La economía circular y prevención de residuo.

c) La eficiencia energética y de recurso.

d) La reducción de vertidos y emisiones.

2. Los planes incluirán objetivos, indicadores, medidas de apoyo y calendario.

3. Los planes deberán ser objeto de revisión al menos cada cuatro años o bien cuando se publiquen nuevas conclusiones de MTD relevantes.

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