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Ley de Cantabria 9/2026, de 23 de julio, de Control Ambiental.

En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 8 de agosto de 2026 · Último cambio el 29 de julio de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Fines.
  5. Artículo 3. Principios.
  6. Artículo 4. Ámbito de aplicación.
  7. Artículo 5. Definiciones.
  8. Artículo 6. Excepciones.
  9. Artículo 7. Transparencia y Participación ciudadana. Consejo Asesor de Cambio Climático y Medio Ambiente.
  10. Artículo 8. Portal autonómico de información e interoperabilidad.
  11. Artículo 9. Capacidad técnica y responsabilidad de los autores de estudios ambientales.
  12. Artículo 10. Asesoramiento técnico y entidades colaboradoras de certificación.
  13. Artículo 11. Confidencialidad y protección de datos personales.
  14. TÍTULO II
  15. CAPÍTULO I
  16. Artículo 12. Sistema de control ambiental.
  17. Artículo 13. Planes de transformación y planificación sectorial.
  18. Artículo 14. Competencias administrativas.
  19. Artículo 15. Modificaciones en instalaciones o actividades sometidas a autorización ambiental integrada.
  20. Artículo 16. Modificaciones de la actividad y/o las instalaciones.
  21. Artículo 17. Cambio de titularidad.
  22. Artículo 18. Cese temporal voluntario de la actividad.
  23. Artículo 19. Cierre definitivo de la instalación.
  24. Artículo 20. Responsabilidad medioambiental.
  25. Artículo 21. Suelos contaminados.
  26. CAPÍTULO II
  27. Artículo 22. Concepto y objeto.
  28. Artículo 23. Régimen jurídico y de procedimiento de la autorización ambiental integrada.
  29. Artículo 24. Adaptación de las instalaciones a la economía circular, limpia y baja en carbono.
  30. Artículo 25. Particularidades autonómicas del procedimiento para otorgar la autorización ambiental integrada.
  31. Artículo 26. Caducidad.
  32. CAPÍTULO III
  33. Artículo 27. Concepto y objeto.
  34. Artículo 28. Régimen autonómico de la evaluación ambiental estratégica.
  35. Artículo 29. Procedimiento de evaluación.
  36. Artículo 30. Especialidad de los planes generales de ordenación urbana y planes supramunicipales.
  37. Artículo 31. Instrumentos de planeamiento y ordenación urbanística y territorial sometidos a evaluación ambiental estratégica.
  38. Artículo 32. Plazos de las fases y trámites de la evaluación ambiental estratégica ordinaria.
  39. Artículo 33. Informes preceptivos.
  40. Artículo 34. Publicidad del informe ambiental estratégico y de la aprobación del plan.
  41. Artículo 35. Régimen autonómico de la evaluación de impacto ambiental.
  42. Artículo 36. Resolución de discrepancias.
  43. CAPÍTULO IV
  44. Artículo 37. Concepto y objeto.
  45. Artículo 38. Obligaciones de los titulares.
  46. Artículo 39. Procedimiento para la emisión de la autorización de comprobación ambiental.
  47. Artículo 40. Contenido de la autorización de comprobación ambiental.
  48. Artículo 41. Caducidad de la autorización de comprobación ambiental.
  49. Artículo 42. Eficacia de la autorización de comprobación ambiental.
  50. CAPÍTULO V
  51. Artículo 43. Régimen de la declaración ambiental responsable. Refuerzo de garantías y apoyo municipal.
  52. TÍTULO III
  53. CAPÍTULO I
  54. Artículo 44. Plan de inspección de autorizaciones ambientales integradas.
  55. Artículo 45. Programas de inspección ambiental integrada.
  56. Artículo 46. Deberes de comunicación.
  57. CAPÍTULO II
  58. Artículo 47. Ejercicio de la inspección ambiental.
  59. Artículo 48. Finalidad y objetivos de la inspección.
  60. Artículo 49. Sometimiento a la acción inspectora.
  61. Artículo 50. Competencias en la labor de inspección, control y vigilancia.
  62. Artículo 51. Otros controles y labores de vigilancia.
  63. Artículo 52. Acta de inspección y publicidad.
  64. TÍTULO IV
  65. CAPÍTULO I
  66. Artículo 53. Competencias para el ejercicio de la potestad sancionadora.
  67. Artículo 54. Sujetos responsables.
  68. Artículo 55. Infracciones.
  69. Artículo 56. Procedimiento sancionador.
  70. Artículo 57. Concurrencia de sanciones.
  71. CAPÍTULO II
  72. Artículo 58. Legislación aplicable.
  73. CAPÍTULO III
  74. Artículo 59. Infracciones en materia de comprobación ambiental.
  75. Artículo 60. Infracciones en materia de declaración ambiental responsable.
  76. Artículo 61. Prescripción de las infracciones.
  77. Artículo 62. Sanciones.
  78. Artículo 63. Prescripción de las sanciones.
  79. Artículo 64. Graduación de las sanciones y reparación e indemnización de daños y perjuicios.
  80. TÍTULO V
  81. Artículo 65. Suspensión de actividades.
  82. Artículo 66. Medidas provisionales urgentes.
  83. Artículo 67. Imposición de medidas correctoras.
  84. Artículo 68. Legalización de actividades sin autorización de comprobación ambiental o declaración ambiental responsable.
  85. TÍTULO VI
  86. Artículo 69. Objeto.
  87. Artículo 70. Concesión de la Etiqueta ecológica de la UE.
  88. Artículo 71. Promoción de sistemas de gestión ambiental y auditorías ambientales.
  89. Artículo 72. Funciones del organismo competente.
  90. Artículo 73. Fomento de la inscripción en el registro de huella de carbono.
  91. Artículo 74. Compra y contratación pública verde.
  92. Artículo 75. Medidas de reconocimiento público.
  93. Disposición adicional primera. Delimitación de parque eólico a los efectos de esta ley.
  94. Disposición adicional segunda. Tasas.
  95. Disposición adicional tercera. Bancos de conservación y compensación.
  96. Disposición adicional cuarta. Modificación del anexo II de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
  97. Disposición transitoria primera. Procedimientos en tramitación.
  98. Disposición transitoria segunda. Autorizaciones que ya hayan sido objeto de intervención ambiental.
  99. Disposición transitoria tercera. Modificaciones de proyectos o actividades preexistentes.
  100. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  101. Disposición final primera. Modificaciones a la Ley de Cantabria 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.
  102. Disposición final segunda. Habilitación de desarrollo normativo.
  103. Disposición final tercera. Modificación de anexos.
  104. Disposición final cuarta. Sistema EMAS.
  105. Disposición final quinta. Informe de evaluación bienal.
  106. Disposición final sexta. Entrada en vigor.
  107. Firma
  108. ANEXO I
  109. ANEXO II
  110. ANEXO III
  111. ANEXO IV