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Legislación › Ley de Cantabria 9/2026, de 23 de julio, de Control Ambiental.

Artículo 58. Legislación aplicable.

Artículo 58. Legislación aplicable.

1. En materia de evaluación de impacto ambiental y de autorización ambiental integrada, será de aplicación el régimen sancionador previsto en la normativa básica estatal, con sus infracciones y sanciones.

2. La regulación de la obligación de reposición y de las multas coercitivas, así como las especificidades procedimentales previstas en esta ley, también serán de aplicación en materia de autorización ambiental integrada y de evaluación ambiental.

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