Legislación › Real Decreto 681/2026, de 25 de agosto, por el que se declara la situación de interés para la seguridad nacional en la ciudad de Ceuta.
ANEXO II
ANEXO II
Capacidades y recursos de la ciudad de Ceuta
En el ámbito de la ciudad de Ceuta quedan comprendidos, dentro de sus respectivas competencias, los recursos destinados a servicios sociales y asistenciales; protección y atención de menores y otras personas vulnerables; policía local; protección civil; prevención y extinción de incendios; servicios sanitarios de su competencia; abastecimiento, saneamiento y servicios urbanos; alojamiento e instalaciones de titularidad propia; y demás servicios esenciales cuya continuidad pueda verse afectada.
De manera específica, queda comprendida la infraestructura dependiente del Gobierno de la ciudad de Ceuta consistente en los terrenos cedidos en parking el embolsamiento en Loma Colmenar.
La utilización, en su caso, de los recursos previstos en este anexo se ajustará a los principios del artículo 8.1 del real decreto.
Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 706/2026, de 1 de septiembre. BOE-A-2026-18430
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de septiembre de 2026 En vigor | BOE-A-2026-18430 | Leer | Qué cambió |
| 26 de agosto de 2026 | Texto original | Leer |


