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Legislación › Ley 4/2026, de 2 de julio, de Caza y Pesca de la Comunidad de Madrid.

Disposición adicional primera. Colaboración entre Administraciones públicas.

Disposición adicional primera. Colaboración entre Administraciones públicas.

La Comunidad de Madrid promoverá la suscripción de convenios con otras Administraciones públicas, a fin de implementar procedimientos de gestión común o conjunta que faciliten la coordinación en el ámbito cinegético y de pesca, así como la obtención de licencias de caza y de pesca válidas en todas ellas.

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