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Legislación › Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social.

ANEXO II

ANEXO II

Durante 2026 las cuantías mínimas de las pensiones de Clases Pasivas quedan fijadas, en cómputo anual, en los importes siguientes:

Clase de pensión Importe

Con cónyuge a cargo

−

Euros/año

Sin cónyuge: unidad económica unipersonal

−

Euros/año

Con cónyuge no a cargo

−

Euros/año

Pensión de jubilación o retiro. 17.592,40. 13.106,80 12.441,80
Pensión de viudedad. 13.106,80.
Pensión familiar distinta de la de viudedad, siendo N el número de beneficiarios de la pensión o pensiones. 12.776,40/n.

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