Legislación › Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social.
ANEXO II
ANEXO II
Durante 2026 las cuantías mínimas de las pensiones de Clases Pasivas quedan fijadas, en cómputo anual, en los importes siguientes:
| Clase de pensión | Importe | ||
|---|---|---|---|
|
Con cónyuge a cargo − Euros/año |
Sin cónyuge: unidad económica unipersonal − Euros/año |
Con cónyuge no a cargo − Euros/año |
|
| Pensión de jubilación o retiro. | 17.592,40. | 13.106,80 | 12.441,80 |
| Pensión de viudedad. | 13.106,80. | ||
| Pensión familiar distinta de la de viudedad, siendo N el número de beneficiarios de la pensión o pensiones. | 12.776,40/n. | ||


