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Legislación › Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica.

Disposición transitoria octava. Método de estimación de la energía pendiente de suministro.

Disposición transitoria octava. Método de estimación de la energía pendiente de suministro.

Hasta que no se desarrolle la orden ministerial prevista en el artículo 28 del Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica para establecer el método para la estimación de energía pendiente de suministro, se empleará el método de estimación de medidas vigente para el cambio de comercializador.

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