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Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica.
En vigor Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico · Publicada el 12 de febrero de 2026 · Último cambio el 12 de febrero de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación del Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica.
- Disposición adicional primera. Ficheros de intercambio de información entre los diferentes sujetos del sector eléctrico.
- Disposición adicional segunda. Procedimiento de operación relativo al modelo de agregación.
- Disposición adicional tercera. Informes del operador del sistema y del operador del mercado.
- Disposición adicional cuarta. Liquidaciones de energía a partir de la aplicación de perfiles de consumo para aquellos puntos de suministro que no dispongan de registro de consumo horario en sus equipos de medida.
- Disposición adicional quinta. Indicadores de calidad de la atención al consumidor.
- Disposición adicional sexta. Análisis de irregularidades en el inicio de actividad y requisitos de la actividad de comercialización.
- Disposición adicional séptima. Unificación de peajes de acceso y cargos de dos puntos de suministro.
- Disposición adicional octava. Facturas de energía eléctrica.
- Disposición adicional novena. Definición del modelo de gestión de datos del cliente final.
- Disposición adicional décima. Cumplimiento de las medidas de seguridad en materia de protección de datos.
- Disposición adicional undécima. Remisión de información sobre cortes de suministro por parte del gestor de la red de transporte.
- Disposición transitoria primera. Actualización del Sistema de Información de Puntos de Suministro.
- Disposición transitoria segunda. Depósitos de garantías.
- Disposición transitoria tercera. Modelo de agregación.
- Disposición transitoria cuarta. Implementación de la aplicación informática para el agregador independiente.
- Disposición transitoria quinta. Certificaciones de los módulos de parque eléctrico tipo A y módulos de generación de electricidad que pertenezcan determinadas modalidades de autoconsumo.
- Disposición transitoria sexta. Configuraciones singulares de medida en hibridación de plantas industriales con cogeneraciones.
- Disposición transitoria séptima. Contenido de las comunicaciones de revisión de precios de los contratos de suministro y agregación.
- Disposición transitoria octava. Método de estimación de la energía pendiente de suministro.
- Disposición transitoria novena. Incorporación de los nuevos datos en las garantías relativas a los permisos de acceso de demanda.
- Disposición transitoria décima. Aplicación efectiva del Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 647/2020, de 7 de julio, por el que se regulan aspectos necesarios para la implementación de los códigos de red de conexión de determinadas instalaciones eléctricas.
- Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
- Disposición final sexta. Incorporación de normas del Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final séptima. Adaptación de normativa para la adecuada implementación del modelo de agregador independiente.
- Disposición final octava. Modificación de los anexos.
- Disposición final novena. Entrada en vigor.
- [firma]
- REGLAMENTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Principios generales del suministro de energía eléctrica.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 5. El consumidor de energía eléctrica.
- Artículo 6. Derechos del consumidor de energía eléctrica.
- Artículo 7. Obligaciones del consumidor de energía eléctrica.
- Artículo 8. Sistema de información de puntos de suministro.
- Sección 2
- Artículo 9. Derechos del consumidor directo en mercado.
- Artículo 10. Obligaciones del consumidor directo en mercado.
- Artículo 11. Requisitos de la actividad de consumidor directo en mercado.
- Sección 3
- Artículo 12. Derechos del comercializador de energía eléctrica.
- Artículo 13. Obligaciones del comercializador de energía eléctrica.
- Artículo 14. Requisitos para el ejercicio de la actividad de comercialización de energía eléctrica.
- Artículo 15. Procedimiento para la extinción de la habilitación para el ejercicio de la actividad de comercialización.
- Artículo 16. Procedimiento para el traspaso de clientes a un comercializador de referencia.
- Artículo 17. Intercambio de información entre el comercializador y los distribuidores.
- Artículo 18. Cambio de comercializador de energía eléctrica.
- Artículo 19. Procedimiento de cambio de comercializador.
- Sección 4
- Artículo 20. Agregación de energía eléctrica.
- Artículo 21. Derechos del agregador independiente.
- Artículo 22. Obligaciones del agregador independiente.
- Artículo 23. Requisitos para el ejercicio de la actividad del agregador independiente.
- Artículo 24. Intercambio de información entre el agregador independiente y los distribuidores.
- Artículo 25. Cambio de agregador independiente.
- Artículo 26. Procedimiento de cambio de agregador independiente.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 27. Condiciones generales de contratación.
- Sección 2
- Artículo 28. Condiciones generales de contratación de electricidad para el suministro.
- Artículo 29. Modalidades de contratación del suministro de energía eléctrica.
- Artículo 30. Contenido mínimo del contrato de suministro de energía eléctrica.
- Artículo 31. Traspaso y subrogación del contrato de suministro a Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor.
- Artículo 32. Resolución del contrato de suministro.
- Artículo 33. Comparador de ofertas de suministro de energía eléctrica.
- Sección 3
- Artículo 34. Condiciones generales del contrato de acceso de terceros a la red.
- Artículo 35. Contratos eventuales, de temporada y de interconexiones internacionales.
- Artículo 36. Depósito de garantías.
- Artículo 37. Contenido mínimo del contrato de acceso de terceros a la red.
- Artículo 38. Modificación del contrato de acceso de terceros a la red.
- Artículo 39. Traspaso y subrogación del contrato de acceso a las redes.
- Artículo 40. Resolución del contrato de acceso de terceros a la red.
- Sección 4
- Artículo 41. Condiciones generales del contrato de agregación.
- Artículo 42. Contenido mínimo del contrato de agregación.
- Sección 5
- Artículo 43. Condiciones de lectura.
- Artículo 44. Condiciones de facturación de peajes y cargos.
- Artículo 45. Condiciones de facturación de la energía.
- Sección 6
- Artículo 46. Procedimiento de suspensión del suministro por impago a consumidores personas físicas en su vivienda habitual con potencia contratada igual o inferior a 10 kW.
- Artículo 47. Procedimiento de suspensión del suministro por impago a los restantes consumidores.
- Artículo 48. Procedimiento de suspensión del suministro a consumidores directos en mercado que incurran en impago o no constituyan las garantías exigidas por el operador del sistema.
- Artículo 49. Otras causas de suspensión del suministro.
- Artículo 50. Procedimiento de suspensión del contrato de acceso a las redes por impago.
- Artículo 51. Reposición y reconexión del suministro.
- Artículo 52. Gastos por desconexión y reconexión.
- Artículo 53. Imposibilidad de corte a los suministros declarados esenciales.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 54. Medidas de protección y empoderamiento del consumidor.
- Sección 2
- Artículo 55. Servicios de atención al consumidor.
- Artículo 56. Defensor del cliente.
- Artículo 57. Sistemas alternativos de resolución de conflictos.
- Artículo 58. Remisión a las comunidades autónomas.
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV


