Legislación › Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Artículo 35. Efectividad de los derechos de naturaleza privada.
Artículo 35. Efectividad de los derechos de naturaleza privada.
1. La efectividad de los derechos de naturaleza privada de la Hacienda Pública, se llevará a cabo con sujeción a las normas y procedimientos del derecho privado.
2. Podrán aplazarse o fraccionarse las cantidades adeudadas a la Hacienda Pública, en virtud de una relación jurídica de derecho privado, en los casos y con las condiciones que establezca la Consejería competente en materia de Hacienda.


