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Legislación › Ley 5/2025, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad de Madrid.

Artículo 52. Límite de gasto no financiero.

Artículo 52. Límite de gasto no financiero.

De acuerdo con el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, aprobado el objetivo de estabilidad presupuestaria para la Comunidad de Madrid, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de hacienda, acordará el límite de gasto no financiero correspondiente al siguiente ejercicio presupuestario, coherente con dicho objetivo y con la regla de gasto, de acuerdo con la información disponible, remitiendo dicho acuerdo a la Asamblea de Madrid para su debate y aprobación.

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