Legislación › Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas.
Artículo 7. Promoción del no consumo de sustancias psicoactivas.
Artículo 7. Promoción del no consumo de sustancias psicoactivas.
La Administración general de la Comunidad Autónoma promoverá, a través de los instrumentos jurídicos que en cada caso correspondan, la realización por parte de las administraciones locales y entidades sin ánimo de lucro de campañas informativas y formativas dirigidas a personas menores de edad y población general sobre las consecuencias perjudiciales del consumo de alcohol, tabaco, cannabis, bebidas energéticas y otras sustancias psicoactivas y sobre su percepción de riesgo.


