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Legislación › Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía.

Artículo 114. Sanciones en materia de vivienda en general.

Artículo 114. Sanciones en materia de vivienda en general.

1. Las infracciones tipificadas en esta sección serán sancionadas con multas en las siguientes cuantías:

a) Las infracciones leves, hasta 6.000 euros.

b) Las infracciones graves, desde 6.001 hasta 20.000 euros.

c) Las infracciones muy graves, con multa desde 20.001 hasta 60.000 euros.

2. A falta de un criterio de graduación específico en esta ley o en su normativa de desarrollo, las sanciones se aplicarán conforme a lo establecido en la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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