Legislación › Real Decreto 141/2026, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto orgánico de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil.
Artículo 31. Relaciones laborales.
Artículo 31. Relaciones laborales.
Las relaciones laborales con los representantes del personal al servicio de la Autoridad se llevarán a cabo con arreglo a las disposiciones previstas en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y de conformidad con los acuerdos alcanzados por la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado.


