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Legislación › Real Decreto 141/2026, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto orgánico de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil.

Disposición adicional segunda. Supresión de órganos.

Disposición adicional segunda. Supresión de órganos.

1. A la fecha de constitución de la Autoridad, quedarán suprimidos los siguientes órganos de conformidad con la disposición adicional primera de la Ley 2/2024, de 1 de agosto:

a) La Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF).

b) La Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos (CIAIM).

c) La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil (CIAIAC).

2. Las referencias que la legislación vigente contiene relativas a las Comisiones señaladas en el apartado anterior se entenderán realizadas a la Autoridad.

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