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Real Decreto 180/2026, de 11 de marzo, por el que se regula el reconocimiento del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos de las personas extranjeras que encontrándose en España no tengan su residencia legal en el territorio español.
En vigor Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Publicada el 12 de marzo de 2026 · Último cambio el 12 de marzo de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Documentación a aportar para obtener el reconocimiento del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos para personas extranjeras que encontrándose en España no tengan residencia legal en el territorio español.
- Artículo 3. Procedimiento para solicitar el reconocimiento del cumplimiento de los criterios para el reconocimiento del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos para personas extranjeras que encontrándose en España no tengan residencia legal en el territorio español.
- Artículo 4. Colectivos de especial protección.
- Disposición adicional primera. Modelo de declaración responsable para la acreditación del cumplimiento de los requisitos recogidos en este real decreto.
- Disposición adicional segunda. Informe de acreditación de especial vulnerabilidad.
- Disposición adicional tercera. Colaboración de las instituciones con las personas en estado de necesidad en la tramitación de las solicitudes.
- Disposición adicional cuarta. Accesibilidad de los procedimientos de solicitud del reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.
- Disposición adicional quinta. Protección de datos.
- Disposición adicional sexta. Asistencia sanitaria a las personas con discapacidad.
- Disposición adicional séptima. Identificación personal y gestión de datos clínicos de las personas extranjeras no registradas ni autorizadas como residentes en España y a los colectivos de especial protección recogidos en el artículo 4.
- Disposición transitoria única. Periodo mínimo para el acceso a la lista de espera de trasplantes de las personas extranjeras a las que se refiere el artículo 3 ter de la Ley 16/2003, de 28 de mayo.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior y retornados.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre, por el que se regula la cartera común suplementaria de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud y se fijan las bases para el establecimiento de los importes máximos de financiación en prestación ortoprotésica.
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Facultad de desarrollo.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO


