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Legislación › Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

Artículo 169. Evaluación periódica de la actividad docente.

Artículo 169. Evaluación periódica de la actividad docente.

La evaluación periódica del rendimiento docente del personal docente e investigador por parte de la Universidad se realizará de acuerdo con los procedimientos establecidos a tal efecto por el Consejo de Gobierno, garantizando el debido respeto a la libertad de cátedra.

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