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Real Decreto 189/2026, de 11 de marzo, por el que se regula la inscripción, modificación y cancelación de las indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas y de las especialidades tradicionales garantizadas, y se disponen normas relativas a su comercialización.
En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 13 de marzo de 2026 · Último cambio el 13 de marzo de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 2. Legitimación para presentar solicitud de registro.
- Artículo 3. Presentación de solicitud de registro.
- Artículo 4. Estudio justificativo de la solicitud de registro.
- Artículo 5. Examen de la solicitud de registro.
- Artículo 6. Procedimiento nacional de oposición de la solicitud de registro.
- Artículo 7. Legitimación para presentar oposición a la solicitud de registro, plazo, motivos, contenido y trámite.
- Artículo 8. Resolución de la solicitud de registro.
- Sección 2
- Artículo 9. Envío a la Comisión Europea de la solicitud de registro.
- Artículo 10. Solicitud de suspensión del examen de la Comisión Europea de la solicitud de registro.
- Artículo 11. Examen por la Comisión Europea y procedimiento nacional de oposición adicional.
- Artículo 12. Procedimiento nacional en el procedimiento de oposición de la Unión.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 13. Legitimación para presentar solicitud de modificación del pliego de condiciones.
- Artículo 14. Presentación de solicitud de modificación del pliego de condiciones.
- Artículo 15. Examen de la solicitud de modificación del pliego de condiciones.
- Artículo 16. Procedimiento nacional de oposición de la solicitud de modificación del pliego de condiciones.
- Artículo 17. Legitimación para presentar oposición a la solicitud de modificación del pliego de condiciones, plazo, motivos, contenido y trámite.
- Artículo 18. Resolución de la solicitud de modificación del pliego de condiciones.
- Sección 2
- Artículo 19. Fase de la Unión del procedimiento de modificación del pliego de condiciones.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 20. Legitimación para presentar solicitud de cancelación.
- Artículo 21. Presentación de solicitud de cancelación.
- Artículo 22. Examen de la solicitud de cancelación.
- Artículo 23. Procedimiento nacional de oposición de la solicitud de cancelación.
- Artículo 24. Legitimación para presentar oposición a la solicitud de cancelación, plazo, motivos, contenido y trámite.
- Artículo 25. Resolución de la solicitud de cancelación.
- Sección 2
- Artículo 26. Fase de la Unión del procedimiento de cancelación.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 27. Legitimación para presentar solicitud de registro.
- Artículo 28. Presentación de la solicitud de registro.
- Artículo 29. Examen de la solicitud de registro.
- Artículo 30. Procedimiento nacional de oposición de la solicitud de registro.
- Artículo 31. Legitimación para presentar oposición a la solicitud de registro, plazo, motivos, contenido y trámite.
- Artículo 32. Resolución de la solicitud de registro.
- Sección 2
- Artículo 33. Envío a la Comisión Europea de la solicitud de registro.
- Artículo 34. Solicitud de suspensión del examen de la Comisión Europea de la solicitud de registro.
- Artículo 35. Examen por la Comisión Europea y procedimiento nacional de oposición adicional.
- Artículo 36. Procedimiento nacional en el procedimiento de oposición de la Unión.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 37. Legitimación para presentar solicitud de modificación del pliego de condiciones.
- Artículo 38. Presentación de la solicitud de modificación del pliego de condiciones.
- Artículo 39. Examen de la solicitud de modificación del pliego de condiciones.
- Artículo 40. Procedimiento nacional de oposición de la solicitud de modificación del pliego de condiciones.
- Artículo 41. Legitimación para presentar oposición a la solicitud de modificación del pliego de condiciones, plazo, motivos, contenido y trámite.
- Artículo 42. Resolución de la solicitud de modificación del pliego de condiciones.
- Sección 2
- Artículo 43. Fase de la Unión del procedimiento de modificación del pliego de condiciones.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 44. Legitimación para presentar solicitud de cancelación.
- Artículo 45. Presentación de solicitud de cancelación.
- Artículo 46. Examen de la solicitud de cancelación.
- Artículo 47. Procedimiento nacional de oposición de la solicitud de cancelación.
- Artículo 48. Legitimación para presentar oposición a la solicitud de cancelación, plazo, motivos, contenido y trámite.
- Artículo 49. Resolución de la solicitud de cancelación.
- Sección 2
- Artículo 50. Fase de la Unión del procedimiento de cancelación en el registro.
- TÍTULO IV
- Artículo 51. Presentación de oposición a solicitudes de registro, de modificación del pliego de condiciones y de cancelación de indicaciones geográficas o de especialidades tradicionales garantizadas presentadas en otros Estados miembros o de un tercer país.
- Artículo 52. Protección nacional transitoria de las indicaciones geográficas.
- Artículo 53. Certificación del cumplimiento del pliego de condiciones.
- Artículo 54. Comunicaciones entre el Reino de España y la Unión Europea.
- TÍTULO V
- Artículo 55. Mesa de coordinación de la calidad diferenciada.
- TÍTULO VI
- Artículo 56. Solicitantes de normas vinculantes para la regulación de la oferta.
- Artículo 57. Presentación de la solicitud para la adopción de normas vinculantes para la regulación de la oferta.
- Artículo 58. Requisitos del acuerdo previo para la regulación de la oferta.
- Artículo 59. Requisitos del plan para la regulación de la oferta.
- Artículo 60. Resolución de la solicitud.
- Artículo 61. Seguimiento del plan de regulación de la oferta.
- Disposición adicional única. Gratuidad de las publicaciones a efectuar.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio de los procedimientos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1363/2011, de 7 de octubre, por el que se desarrolla la reglamentación comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.
- Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 267/2017, de 17 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico, y por el que se desarrolla la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Facultad de desarrollo y aplicación.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- [firma]


