Legislación › Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía.
Artículo 65. Competencias.
Artículo 65. Competencias.
Corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de universidades, coordinar la política universitaria y el sistema universitario andaluz.


