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Legislación › Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía.

Artículo 67. Definición y adscripción.

Artículo 67. Definición y adscripción.

1. El Consejo Andaluz de Coordinación Universitaria es el órgano administrativo colegiado de participación administrativa y social, que ejerce funciones de consulta, planificación y asesoramiento del Gobierno de la Comunidad Autónoma en materia de universidades.

2. El Consejo Andaluz de Coordinación Universitaria se adscribe orgánicamente a la Consejería competente en materia de universidades de la Junta de Andalucía.

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