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Legislación › Real Decreto 264/2026, de 1 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina de España.

Artículo 1. Denominación y naturaleza.

Artículo 1. Denominación y naturaleza.

La denominación de la Real Academia es la de Real Academia Nacional de Medicina de España, y tiene el Alto Patronazgo de S.M. el Rey, según el artículo 62 de la Constitución Española. Es una corporación científica de derecho público de ámbito nacional, dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, integrada en el Instituto de España.

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