Legislación › Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía.
Artículo 100. Competencias.
Artículo 100. Competencias.
1. La formulación de la declaración responsable se hará ante el ayuntamiento del municipio donde se encuentre ubicada la actuación.
2. Corresponde a los ayuntamientos la inspección, vigilancia, control y ejercicio de la potestad sancionadora con respecto a las actividades sometidas a dicho instrumento.
3. El ejercicio de esta competencia se ejercerá en los términos previstos en la Ley 5/2010, de 11 de junio.


