Legislación › Ley 2/2026, de 12 de marzo, para la Gestión Ambiental de Andalucía.
Disposición transitoria primera. Régimen aplicable a los procedimientos en curso en materia de prevención ambiental.
Disposición transitoria primera. Régimen aplicable a los procedimientos en curso en materia de prevención ambiental.
Los procedimientos para la obtención de instrumentos de prevención ambiental iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley continuarán su tramitación conforme a la normativa anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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