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Legislación › Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2026-2030.

Artículo 138. Acceso a la ayuda.

Artículo 138. Acceso a la ayuda.

Las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla realizarán convocatorias abiertas de esta ayuda de forma continuada y permanente.

Las subvenciones correspondientes a esta ayuda también podrán concederse de forma directa conforme a lo establecido en cualquiera de los supuestos del artículo 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando concurran las razones previstas en dicho artículo que deberán ser justificadas, en cada caso, por la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta o Melilla de que se trate y siempre dentro de las disponibilidades presupuestarias.

La ayuda se abonará, con carácter general, de forma periódica por los órganos competentes de las comunidades autónomas o ciudades de Ceuta o Melilla.

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