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Legislación › Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 29. Reasignación de bienes y derechos.

Artículo 29. Reasignación de bienes y derechos.

Corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de patrimonio, autorizar reasignaciones de bienes y derechos del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía entre la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias.

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