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Legislación › Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 64. Destino de los bienes y derechos de dominio privado.

Artículo 64. Destino de los bienes y derechos de dominio privado.

Con carácter general, el destino propio de los bienes y derechos de dominio privado es su aprovechamiento con criterios de máxima eficiencia y economía para la hacienda pública.

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