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Legislación › Decreto-ley 5/2012, de 1 de junio, de medidas urgentes en materia de personal y administrativas para la reducción del déficit público del sector público de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de otras instituciones autonómicas.

Artículo 20. Ratios de alumnos por aula.

Artículo 20. Ratios de alumnos por aula.

La ampliación del número máximo de alumnos que establece la letra a) del artículo 157.1 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, tanto en los centros docentes públicos como en los centros privados sostenidos total o parcialmente con fondos públicos, requerirá de un acuerdo del Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la consejería competente en materia de educación, en el marco de la legislación aplicable.

Se modifica por la disposición final 10.2 de la Ley 14/2018, de 28 de diciembre. BOE-A-2019-996

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2019-996 Leer Qué cambió
1 de junio de 2012 BOE-A-2012-90028 Leer

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