Legislación › Decreto-ley 5/2012, de 27 de noviembre, de medidas urgentes en materia urbanística y para la protección del litoral de Andalucía.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
La regulación establecida en las Disposiciones finales primera a octava de este Decreto-Ley no serán de aplicación a los informes preceptivos solicitados a su entrada en vigor, los cuales se emitirán conforme a la normativa vigente en el momento de su solicitud.
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