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Legislación › Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía.

Séptima. Convenio de las entidades colaboradoras del Programa de ayuda.

Séptima. Convenio de las entidades colaboradoras del Programa de ayuda.

1. Los centros adheridos al Programa de ayuda se constituirán como entidades colaboradoras de la Agencia Pública Andaluza de Educación para la entrega y distribución de los fondos públicos a las personas beneficiarias y para la colaboración en la gestión de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en la Base Séptima de las bases reguladoras del citado Programa.

2. A los efectos de lo previsto en el apartado anterior se formalizará un convenio de colaboración entre la persona titular de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación y la persona titular o el representante legal del centro adherido al Programa de ayuda, en el que se regularán las condiciones y obligaciones asumidas por éste como entidad colaboradora.

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