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Legislación › Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus COVID-19).

Artículo 51. Régimen de compatibilidad de las subvenciones.

Artículo 51. Régimen de compatibilidad de las subvenciones.

1. Con carácter general, las subvenciones que se reciban al amparo de lo previsto en esta sección serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que se concedan para el mismo objeto subvencionable, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de la Unión Europea o de otros Organismos Internacionales.

2. En la acumulación de ayudas de minimis de esta sección con otras ayudas se respetarán los criterios establecidos en el artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013.

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