LexTotal

Legislación › Decreto-ley 6/2021, de 20 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), para los sectores de los establecimientos hoteleros, de los establecimientos de apartamentos turísticos, de los campamentos de turismo y de los complejos turísticos rurales, y se modifican otras disposiciones normativas.

Artículo 19. Notificación.

Artículo 19. Notificación.

Las notificaciones de los actos relativos al procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en este decreto-ley se realizarán de forma individual, a través del Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Junta de Andalucía, en la dirección electrónica habilitada para la práctica de notificaciones electrónicas

http://www.andaluciajunta.es/notificaciones.

← Artículo 18 Índice Artículo 20 →