Legislación › Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.
Artículo 42.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 1993 y la del 19 de abril de 2023.
Tachado: lo que se quitó (46 palabras). Subrayado: lo que se añadió (16 palabras).
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Artículo 42.
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 17.2, la La retribución correspondiente al grado consistirá en el siguiente un porcentaje acumulativo del 9 por ciento del sueldo inicial del nivel respectivo: respectivo nivel.
Grado
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%
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7
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54
·
6
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45
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5
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36
·
4
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27
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3
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18
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2
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9
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En el grado 1 no se percibirá retribución.
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Sin retribución
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Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de abril de 2023 En vigor | BOE-A-2023-10136 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 1993 | BOE-A-1993-90004 | Leer |


