Legislación › Decreto Foral Legislativo 54/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones de rango legal sobre Financiación Agraria.
Artículo 3. Objeto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2001 y la del 1 de enero de 2004.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (18 palabras).
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Artículo 3. Objeto.
Se entenderán comprendidas en este Título:
a) Las ayudas previstas en el Reglamento (CE) número 1257/1999, del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA), que tengan por finalidad:
El fomento de inversiones en las explotaciones agrarias de Navarra.
El apoyo a la primera instalación de jóvenes agricultores.
La mejora de la transformación y comercialización de los productos agrícolas.
b) Las ayudas nacionales financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra, que persiguen la mejora de la eficacia de las estructuras agrarias.
c) Las inversiones destinadas a:
La reposición de hembras bovinas sacrificadas como consecuencia de campañas sanitarias. sanitarias de tuberculosis, brucelosis, leucosis y perineumonía, cuando no puedan acogerse al plan vigente de seguros agrarios combinados.
La adquisición de maquinaria por parte de las cooperativas y de las sociedades agrarias de transformación, cuando dicha adquisición sea para la utilización conjunta y directa de los socios.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2007 En vigor | BOE-A-2007-2118 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2004 | BOE-A-2004-1076 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2001 | BOE-A-2001-3565 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 2000 | BOE-A-2000-16372 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 1999 | BOE-A-1999-2048 | Leer | Qué cambió |
| 12 de marzo de 1998 | BOE-A-1998-90001 | Leer |


