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Legislación › Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas

Artículo 44. Incrementos no justificados.

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Artículo 44. Incrementos no justificados.
Tendrán la consideración de incrementos de patrimonio no justificados los bienes o derechos cuya tenencia, declaración o adquisición no se corresponda con la renta o patrimonio declarados por el contribuyente, así como la inclusión de deudas inexistentes en cualquier declaración por este impuesto o por el Impuesto sobre el Patrimonio, o su registro en los libros o de registros oficiales.
Los incrementos de patrimonio no justificados se integrarán en la base liquidable general del período periodo impositivo respecto del que se descubran, salvo que el sujeto pasivo pruebe suficientemente que ha sido titular de los bienes o derechos correspondientes desde una fecha anterior a la del período periodo de prescripción.
En todo caso tendrán la consideración de incrementos de patrimonio no justificados y se integrarán en la base liquidable general del periodo impositivo más antiguo de los no prescritos susceptibles de regularización, la tenencia, declaración o adquisición de bienes o derechos respecto de los que no se hubiera cumplido en el plazo establecido al efecto la obligación de información a que se refiere la disposición adicional decimoctava de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria.
No obstante, no resultará de aplicación lo previsto en el párrafo anterior cuando el sujeto pasivo acredite que la titularidad de los bienes o derechos se corresponde con rentas declaradas, o bien con rentas obtenidas en periodos impositivos respecto de los cuales no tuviese la condición de sujeto pasivo, por este Impuesto o por el impuesto sobre Sociedades, en territorio español.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2022 En vigor BOE-A-2023-3349 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2015 BOE-A-2016-573 Leer Qué cambió
30 de abril de 2013 BOE-A-2013-5623 Leer Qué cambió
1 de julio de 2008 BOE-A-2008-90013 Leer

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