Legislación › Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Artículo 59. Gravamen de la base liquidable general.
Artículo 59. Gravamen de la base liquidable general.
1. La base liquidable general será gravada a los tipos que se indican en la siguiente escala:
| Base liquidable hasta (euros) | Cuota íntegra (euros) | Resto base hasta (euros) | Tipo aplicable (porcentaje) |
|---|---|---|---|
| 4.458 | 13,00 | ||
| 4.458 | 579,54 | 5.572 | 22,00 |
| 10.030 | 1.805,38 | 11.145 | 25,00 |
| 21.175 | 4.591,63 | 14.488 | 28,00 |
| 35.663 | 8.648,27 | 15.603 | 36,50 |
| 51.266 | 14.343,37 | 15.603 | 41,50 |
| 66.869 | 20.818,61 | 22.290 | 44,00 |
| 89.159 | 30.626,21 | 50.151 | 47,00 |
| 139.310 | 54.197,18 | 55.724 | 49,00 |
| 195.034 | 81.501,94 | 139.310 | 50,50 |
| 334.344 | 151.853,49 | resto de base | 52,00 |
2. Se entenderá por tipo medio de gravamen el resultado de multiplicar por 100 el cociente obtenido de dividir la cuota resultante de la aplicación de la escala por la base liquidable general. El tipo medio de gravamen se expresará con dos decimales.
3. Los sujetos pasivos que satisfagan anualidades por alimentos a sus hijos por decisión judicial o escritura notarial, cuando el importe de aquellas sea inferior a la base liquidable general, aplicarán la escala prevista en el apartado 1 separadamente al importe total de las anualidades por alimentos satisfechas y al resto de la base liquidable general.
Lo previsto en el párrafo anterior no será de aplicación en los casos de custodia compartida.
A efectos de la aplicación de la escala de forma separada, el importe total de la anualidad por alimentos tendrá un límite anual de 6.000 euros por hijo. Dicho límite será de 8.000 euros en el caso de hijos discapacitados con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100.
Para aplicar lo establecido en este apartado se tendrán en cuenta únicamente las cantidades satisfechas que se justifiquen mediante documento bancario.
Se modifica, con efectos a partir de 1 de enero de 2024, el apartado 1 y se añade un párrafo al apartado 3 por el art. 1.8 de la Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre. BOE-A-2024-1694
Se modifica el apartado 1, con efectos desde el 1 de enero de 2022, por el art. 1.7 de la Ley Foral 19/2021, de 29 de diciembre de 2021. BOE-A-2022-2067
Se modifica el apartado 1, con efectos desde el 1 de enero de 2020, por el art. 1.9 de la Ley Foral 29/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-450
Se modifica el apartado 3, con efectos desde el 1 de enero de 2019, por el art. 1.16 de la Ley Foral 30/2018, de 27 de diciembre. BOE-A-2019-752
Se modifican los apartados 1 y 3, con efectos desde el 1 de enero de 2016 y de 2015, respectivamente, por el art. 1.25 y 26 de la Ley Foral 23/2015, de 28 de diciembre. BOE-A-2016-573
Se modifican los apartados 1 y 3, con efectos a partir de 1 de enero de 2015, por el art. 1.18 y 19 de la Ley Foral 29/2014, de 24 de diciembre. BOE-A-2015-1017
Se modifica el apartado 3, con efectos desde el 1 de enero de 2014, por el art. 1.10 de la Ley Foral 38/2013, de 28 de diciembre. BOE-A-2014-888
Se modifica el apartado 1, con efectos desde el 1 de enero de 2013, por el art. único.6 de la Ley Foral 22/2012, de 26 de diciembre. BOE-A-2013-502
Se modifica el apartado 1, con efectos para los periodos impositivos que finalicen en el año 2012 y 2013, por el art. 1.1 de la Ley Foral 2/2012, de 14 de febrero. BOE-A-2012-3446
Se modifica el apartado 1, con efectos desde el 1 de enero de 2011, por el art. 1.11 de la Ley Foral 23/2010, de 28 de diciembre. BOE-A-2011-3431
Se modifica el apartado 1, con efectos desde el 1 de enero de 2009, por el art. 1.8 de la Ley Foral 22/2008, de 24 de diciembre. BOE-A-2009-3960
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2024-1694 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2022 | BOE-A-2022-2067 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2020 | BOE-A-2020-450 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2019-752 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2015 | BOE-A-2016-573 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-1017 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2013 | BOE-A-2014-888 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-502 | Leer | Qué cambió |
| 23 de febrero de 2012 | BOE-A-2012-3446 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | BOE-A-2011-3431 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | BOE-A-2009-3960 | Leer | Qué cambió |
| 1 de julio de 2008 | BOE-A-2008-90013 | Leer |


