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Legislación › Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas

Disposición adicional trigésima. Reducción del rendimiento neto positivo del capital inmobiliario.

Disposición adicional trigésima. Reducción del rendimiento neto positivo del capital inmobiliario.

Los porcentajes de reducción del 90 por ciento y del 50 por ciento previstos, respectivamente, en el segundo párrafo del artículo 25.2.a) y en el artículo 25.2.b) no serán de aplicación hasta el periodo impositivo en que estén declaradas y publicadas las zonas de mercado residencial tensionado.

Se modifica, con efectos a partir de 1 de enero de 2025, por el art. 1.17 de la Ley Foral 20/2024, de 26 de diciembre. BOE-A-2025-719

Se modifica, con efectos a partir de 1 de enero de 2023, por el art. 1.24 de la Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre. BOE-A-2024-1694

Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2022, por el art. 1.33 de la Ley Foral 36/2022, de 28 de diciembre. BOE-A-2023-3349

Se añade por el art. 1.21 de la Ley Foral 22/2008, de 24 de diciembre. BOE-A-2009-3960

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2025-719 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2023 BOE-A-2024-1694 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2022 BOE-A-2023-3349 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-3960 Leer

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