Legislación › Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Disposición adicional trigésima. Reducción del rendimiento neto positivo del capital inmobiliario.
Disposición adicional trigésima. Reducción del rendimiento neto positivo del capital inmobiliario.
Los porcentajes de reducción del 90 por ciento y del 50 por ciento previstos, respectivamente, en el segundo párrafo del artículo 25.2.a) y en el artículo 25.2.b) no serán de aplicación hasta el periodo impositivo en que estén declaradas y publicadas las zonas de mercado residencial tensionado.
Se modifica, con efectos a partir de 1 de enero de 2025, por el art. 1.17 de la Ley Foral 20/2024, de 26 de diciembre. BOE-A-2025-719
Se modifica, con efectos a partir de 1 de enero de 2023, por el art. 1.24 de la Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre. BOE-A-2024-1694
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2022, por el art. 1.33 de la Ley Foral 36/2022, de 28 de diciembre. BOE-A-2023-3349
Se añade por el art. 1.21 de la Ley Foral 22/2008, de 24 de diciembre. BOE-A-2009-3960
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2025 En vigor | BOE-A-2025-719 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2023 | BOE-A-2024-1694 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2022 | BOE-A-2023-3349 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | BOE-A-2009-3960 | Leer |
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