Legislación › Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Disposición adicional trigésima novena. Retenciones sobre rendimientos satisfechos a socios o personas vinculadas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2011 y la del 31 de diciembre de 2015.
Tachado: lo que se quitó (118 palabras). Subrayado: lo que se añadió (73 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional trigésima novena. Porcentaje de retención o de ingreso a cuenta Retenciones sobre rendimientos del capital mobiliario, sobre incrementos patrimoniales derivados de transmisiones satisfechos a socios o reembolsos personas vinculadas en el sentido del artículo 28 de acciones y participaciones la Ley Foral 24/1996, de instituciones 30 de inversión colectiva, sobre premios, diciembre, del Impuesto sobre arrendamientos Sociedades.
No obstante lo establecido en los artículos 66 y subarrendamientos 80.3, en los supuestos de inmuebles y sobre otros rendimientos del capital mobiliario. sometidos a
1. Con efectos desde 1 de enero de 2012, el porcentaje de retención o del ingresocuenta retención satisfechos por una entidad a practicar sobre los rendimientos sus socios o retribuciones a personas vinculadas con ella, las retenciones sólo serán deducibles en la imposición personal del capital mobiliario, sobre los incrementos patrimoniales derivados de transmisiones socio o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva, sobre premios, sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles, la persona vinculada en la medida en que hayan sido correctamente practicadas y sobre los rendimientos de efectivamente ingresadas en la propiedad intelectual, industrial, de las prestaciones de asistencia técnica, o del arrendamiento o subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, será del 19 por 100. administración tributaria.»
2. Este porcentaje podrá modificarse reglamentariamente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-450 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2017 | BOE-A-2018-801 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2015 | BOE-A-2016-573 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2011 | BOE-A-2012-1546 | Leer |
← Disposición adicional trigésima octava Índice Disposición adicional cuadragésima →


