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Legislación › Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas

Disposición adicional trigésima novena. Retenciones sobre rendimientos satisfechos a socios o personas vinculadas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2015 y la del 31 de diciembre de 2017. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional trigésima novena. Retenciones sobre rendimientos satisfechos a socios o personas vinculadas en el sentido del artículo 28 de la Ley Foral 24/1996, 26/2016, de 30 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.
No obstante lo establecido en los artículos 66 y 80.3, en los supuestos de rendimientos sometidos a retención satisfechos por una entidad a sus socios o a personas vinculadas con ella, las retenciones sólo serán deducibles en la imposición personal del socio o de la persona vinculada en la medida en que hayan sido correctamente practicadas y efectivamente ingresadas en la administración tributaria.» tributaria.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-450 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2017 BOE-A-2018-801 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2015 BOE-A-2016-573 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2011 BOE-A-2012-1546 Leer

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