Legislación › Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Disposición transitoria decimoséptima. Plazo extraordinario de renuncia a la Estimación directa especial para 2022.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2019 y la del 31 de diciembre de 2022.
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Disposición transitoria decimoséptima. Régimen transitorio aplicable a la deducción por inversión en vivienda habitual: viviendas adquiridas o rehabilitadas entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015 así como obras iniciadas y cantidades abonadas en dicho periodo. Plazo extraordinario de
1. El sujeto pasivo podrá aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2016, con arreglo a las condiciones y requisitos vigentes a 31 de diciembre de 2015 y conforme a lo dispuesto en el apartado 2 siguiente, por las cantidades que satisfaga por alguno de los siguientes motivos:
a) Por la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, siempre que ésta haya sido adquirida o rehabilitada entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015.
b) Por las obras de rehabilitación o de ampliación de la vivienda habitual, siempre que las mencionadas obras se hayan iniciado entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015.
c) Por las obras de construcciónla vivienda habitual, siempre que se hayan iniciado las obras o se hayan satisfecho cantidades renuncia a cuenta al promotor de aquéllas entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015. la
d) Por las obras e instalaciones de adecuación devivienda a que se refiere el artículo 62.1.f) siempre que las mencionadas obras e instalaciones se hayan iniciado entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015. Estimación directa especial para 2022.
e) En los supuestos Los sujetos pasivos cuyo importe neto de nulidad matrimonial, divorcio o separación judicial por la adquisición cifra de la que fue, durante la vigencia del matrimonio, la vivienda habitual del sujeto pasivo y continúe teniendo tal condición para los hijos comunes y para el progenitor negocios en cuya compañía queden, siempre que la vivienda 2021 hubiese sido adquirida entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2015. superior a 150.000 euros, pero no hubiese superado 200.000 euros, podrán renunciar, con los
2. Para poder aplicar la citada deducción la suma de las bases del sujeto pasivo determinadas conforme a lo dispuesto en los artículos 53 y 54, minorada en su caso por las pensiones compensatorias a que se refiere el artículo 55.2, deberá ser inferiorimportes efectos establecidos en el artículo 62.1.h) en tributación individual y reglamentariamente, a aplicar la estimación directa especial en el artículo 75.1.ª 2022, en el supuesto de tributación conjunta, ambos en su redacción vigente a 31 momento de diciembre presentación de 2017. la autoliquidación del impuesto correspondiente al año 2022.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2022 En vigor | BOE-A-2023-3349 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2019-752 | Leer | Qué cambió |
| 1 de abril de 2015 | BOE-A-2015-4100 | Leer |
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