Legislación › Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Disposición transitoria vigesimoséptima. Renuncia al régimen de estimación directa especial para el año 2021.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2020 y la del 26 de marzo de 2020.
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Disposición transitoria vigesimoséptima. Aplicación de las deducciones por arrendamiento para acceso a vivienda en el año 2020.
Durante el año 2020 sólo podrán solicitar la deducción por arrendamiento para acceso a vivienda los sujetos pasivos que a 1 de enero de 2020 lleven más de un año inscritos de forma ininterrumpida en el censo de solicitantes de vivienda protegida, tengan ingresos familiares ponderados inferiores a 1,7 veces el indicador Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada (SARA) y tengan hijos menores a cargo o hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada, que consten registrados en su inscripción en el censo con anterioridad a dicha fecha. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-1355 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 2020 | BOE-A-2020-4541 | Leer | Qué cambió |
| 26 de marzo de 2020 | BOE-A-2020-4382 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2020 | BOE-A-2020-450 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2019-750 | Leer |
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