Legislación › Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Disposición transitoria vigesimoséptima. Renuncia al régimen de estimación directa especial para el año 2021.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de abril de 2020 y la del 1 de enero de 2021.
Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (50 palabras).
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Disposición transitoria vigesimoséptima. Aplicación Renuncia al régimen de las deducciones por arrendamiento estimación directa especial para acceso a vivienda en el año 2020. 2021.
(Derogada) Los sujetos pasivos que desarrollan actividades empresariales y quieran renunciar para 2021 a la aplicación del régimen de estimación directa especial, podrán presentar la renuncia hasta el 31 de marzo de 2021. La mencionada renuncia tendrá los efectos señalados en el artículo 36.B).5.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2021 En vigor | BOE-A-2021-1355 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 2020 | BOE-A-2020-4541 | Leer | Qué cambió |
| 26 de marzo de 2020 | BOE-A-2020-4382 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2020 | BOE-A-2020-450 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2019-750 | Leer |
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