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Legislación › Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas

Disposición transitoria novena. Prestaciones por maternidad y paternidad percibidas en 2019.

Disposición transitoria novena. Prestaciones por maternidad y paternidad percibidas en 2019.

Las prestaciones por maternidad y paternidad percibidas en 2019, hasta la entrada en vigor del Real Decreto ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, quedan equiparadas a las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor a que se refiere el artículo 68 quater de esta ley foral, a efectos de la aplicación de la deducción regulada en dicho artículo.

Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2019, por el art. 1.30 de la Ley Foral 29/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-450

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-450 Leer Qué cambió
1 de julio de 2008 BOE-A-2008-90013 Leer

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