Legislación › Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.
Artículo 9. Concepto.
Artículo 9. Concepto.
Los organismos autónomos son aquellos entes institucionales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, de naturaleza pública, cuyo objetivo es la realización, en régimen de descentralización, de actividades pertenecientes a la competencia de la misma, y que se rigen por el derecho público.


