Legislación › Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Artículo 69. Cuota.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de diciembre de 2011 y la del 1 de enero de 2015.
Tachado: lo que se quitó (90 palabras). Subrayado: lo que se añadió (32 palabras).
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Artículo 69. Cuota.
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros):
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· Originales
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Copias
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1. Títulos superiores: de Artes Plásticas y Diseño; de Arte Dramático; de Danza; de
· Música; de Profesor Superior (plan 1942 y 1966). Música. Título Profesional (plan 1942). Diploma de Capacidad (planes anteriores a 1942). Título superior de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes a licenciatura. licenciatura
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93,84 98,59
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6,12 6,43
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2. Título de
· Profesor (plan 1966), título de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes a diplomatura. diplomatura .
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46,92 49,30
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6,12 6,43
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3. Títulos de Bachiller LOE, Bachiller LOGSE,
· BUP, Bachiller Superior, títulos de Técnico Superior de FP, Técnico Especialista FP-2, Maestro Industrial, Graduado en Artes Aplicadas, Técnico Deportivo Superior, título profesional de Música, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, título profesional de Danza, Técnico Superior de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes. equivalentes .
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40,80 42,86
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6,12 6,43
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4. Título de
· Bachiller Elemental, título de Técnico, título de Técnico de FP, Técnico Deportivo, Técnico de Artes Plásticas y Diseño, Técnico Auxiliar FP-1, Oficialía Industrial, Diploma de Instrumentista o Cantante, Diploma Elemental de Música, Diploma de Canto, Grado Elemental de Música, Certificado de Escolaridad de FP-1, Técnico de Enseñanzas de Régimen Especial o equivalentes. equivalentes .
·
20,40 21,43
·
6,12 6,43
·
5. Certificado
· EGA. EGA .
·
20,40 21,43
·
6,12 6,43
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6. Certificados de
·
CertificadoAptitud aptitud de las escuelas oficiales de idiomas; idiomas, finalizados después de junio de 1995; certificados de idiomas de niveles básico, intermedio y avanzado; certificados de especialidad de niveles intermedio y avanzado; certificados de idiomas de niveles C-1 y C-2, tanto general como de especialidad. especialidad
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20,40 21,43
·
6,12 6,43.
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Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2025 En vigor | BOE-A-2025-940 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2020 | BOE-A-2020-617 | Leer | Qué cambió |
| 20 de abril de 2017 | BOE-A-2017-5085 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-798 | Leer | Qué cambió |
| 29 de diciembre de 2011 | BOE-A-2012-967 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2007 | BOE-A-2007-90050 | Leer |


